El proceso para la devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) en Perú sigue avanzando. Con la implementación de los Reintegros 1 y 2 y la publicación de la Lista 21 en diciembre de 2024, más beneficiarios tienen la oportunidad de recuperar sus contribuciones.
Para verificar su inclusión en las listas aprobadas, los exafiliados pueden acceder a la plataforma digital de la Secretaría Técnica del Fonavi. A través de esta herramienta, es posible conocer los montos asignados y confirmar la disponibilidad de los fondos para su retiro en las agencias del Banco de la Nación.
Los fonavistas que deseen verificar si les corresponde la devolución de sus aportes la última semana de marzo pueden hacerlo a través del portal oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi. En este sitio web, es posible consultar la inclusión en alguna de las listas de beneficiarios de Reintegro y grupos de pago. Para realizar la verificación, se deben seguir estos pasos:
Si el sistema confirma que el usuario es beneficiario, podrá acudir a la agencia más cercana del Banco de la Nación, donde deberá presentar su DNI para efectuar el cobro correspondiente.
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En caso de fallecimiento de un afiliado al Fonavi, la Comisión Ad Hoc ha establecido un esquema de prioridad que define el acceso de los familiares a los fondos. Este orden determina quiénes pueden reclamar los aportes antes que otros:
Si un solicitante pertenece a un nivel inferior en la jerarquía, solo podrá recibir el dinero si no existen herederos en los niveles superiores. Este esquema permite mantener un proceso ordenado y evita disputas entre los familiares.
Es el Fondo Nacional de Vivienda, creado por el Decreto Ley N° 22591 el 30 de junio de 1979. Tuvo como finalidad satisfacer en forma progresiva la necesidad de vivienda de los trabajadores en función de sus ingresos. Estuvo vigente desde el 1 de julio de 1979 hasta el 31 de agosto de 1998.
En la actualidad existe una Comisión Ad Hoc, conformada por la Ley N° 29625, que se encarga de efectuar todos los procedimientos y procesos que sean necesarios para cumplir con la devolución de los aportes, además de la administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos.
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