Estados Unidos

Atención, inmigrantes en EEUU: DHS impondrá multas en este estado a quienes no lleven el documento requerido por la Ley de Inmigración

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) exige a todos los inmigrantes mayores de 18 años en Estados Unidos portar prueba de su registro estatutario para evitar penalizaciones severas.

Los inmigrantes en California podrían enfrentar sanciones económicas o penas de cárcel por no cumplir ley. Foto: Composición LR/DHS/TV Azteca
Los inmigrantes en California podrían enfrentar sanciones económicas o penas de cárcel por no cumplir ley. Foto: Composición LR/DHS/TV Azteca

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) ha anunciado que todos los inmigrantes mayores de 18 años deben portar, en todo momento, la prueba de su registro estatutario. Este documento, que debe ser emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de las normativas migratorias y facilitar la identificación de los residentes legales en Estados Unidos.

La medida aplica a nivel nacional, pero tiene especial relevancia en California, donde las sanciones pueden ser severas. Según lo dictado por la Ley de Inmigración y Nacionalidad, no contar con este documento puede resultar en multas y otros castigos para los inmigrantes. El DHS asegura que, en caso de no cumplir con la norma, los inmigrantes se exponen a sanciones graves, que incluyen multas y, en algunos casos, incluso prisión.

Documento del USCIS que necesitan los inmigrantes en California

Según el DHS, los inmigrantes que residen en California y en todo el territorio estadounidense deben portar un comprobante oficial del registro estatutario. Este documento es emitido por el USCIS tras completar el Formulario G-325R. Este formulario es un paso esencial en el proceso de registro, donde se solicitan datos personales, de contacto y otros detalles relevantes de la persona solicitante.

El Formulario G-325R es fundamental para que el USCIS pueda realizar una verificación de antecedentes y procesar la emisión del "Comprobante de Registro de Extranjero". Este documento debe llevarse siempre consigo y ser mostrado a las autoridades migratorias en cualquier momento. El no portar este registro se considera una infracción y puede resultar en sanciones, como multas o incluso la detención del inmigrante. Además, el USCIS ha indicado que cualquier cambio de dirección debe notificarse dentro de los 10 días siguientes a la mudanza.

Multas para inmigrantes por no llevar documento de identificación en California

El DHS ha detallado las sanciones que los inmigrantes en California pueden enfrentar si no portan el documento requerido por la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Las penalidades para aquellos que no cumplan con esta normativa son claras y, en muchos casos, significativas. A continuación, se detallan las principales sanciones:

  • Multa de hasta US$5.000: Esta es la sanción económica más común para quienes no lleven el documento de registro, con una penalización considerable que puede afectar gravemente las finanzas de los inmigrantes.
  • Prisión por hasta 30 días: En algunos casos, el no portar el documento puede resultar en una pena de cárcel de hasta 30 días, según lo estipulado por la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
  • Combinación de ambas sanciones: Además de la multa, en algunos casos el inmigrante puede enfrentar tanto la sanción económica como la pena de prisión, lo que aumenta considerablemente el impacto de la infracción.

¿Para qué se utiliza el formulario G-325R?

​El Formulario G-325A, titulado "Información Biográfica (para Acción Diferida)", es utilizado por inmigrantes que solicitan acción diferida en Estados Unidos. Este formulario recopila datos personales esenciales, como nombres, direcciones, fechas de nacimiento y antecedentes laborales, para evaluar la elegibilidad del solicitante para la acción diferida.

La acción diferida es una decisión discrecional que pospone la remoción de un extranjero del país por un período determinado. Es importante destacar que este formulario no debe confundirse con el G-325A utilizado en otros contextos migratorios, como el ajuste de estatus o la naturalización.​