Economía

Estos son los documentos que herederos de fonavistas fallecidos deben presentar para cobrar devolución de aportes sin testamento

Familiares de fonavistas fallecidos pueden reclamar aportes sin testamento a través de un proceso que incluye verificación en la web de Fonavi y presentación de la documentación correspondiente.

La Comisión Ad Hoc señala que existe una jerarquía entre los familiares del fonavista fallecido. Foto: composición LR/Andina
La Comisión Ad Hoc señala que existe una jerarquía entre los familiares del fonavista fallecido. Foto: composición LR/Andina

La restitución de los aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) ha cobrado gran importancia entre los extrabajadores que pertenecieron a este sistema. En diciembre de 2024, la Comisión Ad Hoc divulgó una nueva lista de beneficiarios, lo que ha suscitado expectativas y renovado las ilusiones de quienes desean recuperar sus contribuciones.

Sin embargo, la situación es compleja en muchos casos, ya que la avanzada edad de los exaportantes causa que algunos fallezcan sin haber recuperado el dinero que destinaron a la adquisición de una vivienda en su etapa adulta. Ante esta realidad, los familiares de los fonavistas fallecidos pueden acceder a los aportes acumulados sin necesidad de presentar un testamento, lo que brinda una opción para que los recursos no se pierdan.

¿Cuáles son los documentos que herederos de fonavistas fallecidos necesitan para cobrar la devolución de aportes?

El primer paso que debe seguir el heredero es verificar si el fonavista fallecido está incluido en las listas disponibles hasta la fecha. Esta comprobación se puede llevar a cabo en la página web de la Secretaría Técnica de Fonavi. Posteriormente, el familiar deberá presentarse en una de las sedes del Banco de la Nación y llevar consigo su Documento Nacional de Identidad (DNI), la declaración jurada que acredite su condición de beneficiario y la partida de defunción del fonavista fallecido. La documentación requerida incluye:

  • Cónyuge o conviviente: partida de matrimonio o declaración de unión de hecho.
  • Hijos: partida de nacimiento donde figura el nombre del titular.
  • Padres: partida de nacimiento del beneficiario fallecido.
  • Hermanos: partidas de nacimiento del fonavista y del hermano solicitante.
  • Otros herederos: testamento o sucesión intestada, si corresponde.

¿Qué exaportantes quedarían fuera del padrón de Reintegro 3?

Luis Luzuriaga, presidente de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf-Perú), anunció la suspensión temporal del trámite para los herederos de fonavistas. Esta medida responde a la capacidad del Banco de la Nación, que puede gestionar hasta 1.200 solicitudes mensuales. Actualmente, hay un total de 16.000 solicitudes en proceso, lo que ha llevado a esta decisión para evitar un colapso en la atención.

Aunque se esperaba llegar a 400.000 personas en esta fase, el alcance se ha reducido al 49%. En cuanto al monto a otorgar, Luzuriaga mencionó que este se establecerá según los períodos y las aportaciones registradas, aunque aún no se cuenta con una cifra estimada para el pago máximo. Adicionalmente, se destacó que más de 60.000 familiares de fonavistas fallecidos no han presentado sus solicitudes para reclamar los derechos que les corresponden.

¿Cómo verificar el cobro de la devolución de aportes del Fonavi en 2025?

Para confirmar la inclusión en el padrón de beneficiarios de la Lista 21 de forma virtual, es necesario que sigas estos sencillos pasos:

  • Ingresar a la web oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi.
  • Ir a la opción 4, denominada 'Consulte AQUÍ si es beneficiario del Primer Grupo de Pago - Diciembre 2024'.
  • En tipo de documento, seleccionar cualquiera de las opciones disponibles.
  • Digitar el número de Documento Nacional de Identidad.
  • Colocar el código captcha.
  • Clic en consultar.
  • Si eres uno de los beneficiados, solo se necesita acercarse al Banco de la Nación más cercano y hacer efectivo el cobro.