Proponen suspender seis meses a juez del caso Valkiria por "retener" a cinco investigados por 76 días
Autoridad Nacional de Control señala que magistrado afectó al plazo razonable y el debido proceso al mantener con 'detención preliminar vencida' por 76 días a los ex asesores y colaboradores de Patricia Benavides.
La Unidad de Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial recomendó sancionar con seis meses de suspensión en el cargo al juez del Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Raúl Justiniano Romero por demorar más de dos en resolver el pedido de prisión preventiva en el caso Valkiria XI, contra los ex asesores y colaboradores de la ex fiscal de la Nación, Patricia Benavides.
Además, exhortó a los "jueces integrantes de la Corte Superior de Justicia Penal Especializada el cumplimiento del plazo máximo y estrictamente necesario de detención en los casos que se encuentren a su cargo, al haberse identificado casos de detenciones por plazos excesivamente mayores al establecido en el Código Procesal Penal y la Constitución Política, sin que se resuelva su situación jurídica", precisa la resolución emitida por la referida unidad de procedimiento administrativo.
Esta es la primera vez que la Autoridad de Control, que encabeza el abogado Roberto Alejandro Palacios Bran, solicita sancionar a un juez por prolongar la detención preliminar de los procesados durante todo el tiempo que duren las audiencias de prisión preventiva, que en este caso se prolongaron por 76 días, más allá de los 15 días de la detención preliminar. Si bien en este momento, no existe detención preliminar para casos de no flagrancia, la resolución de la Autoridad de Control crea un importante precedente para casos futuros.
La detención preliminar de 15 días en el caso Valkiria XI, que la Corte Penal Nacional dictó contra Miguel Ángel Girao Isidro, Giancarlo Valer Enciso, Jorge Luis Palomino Quesada, el abogado José Luis Castillo Alva y el capitán PNP Jorge Rodríguez Menacho comenzó el 22 de abril de 2024 y se prolongó hasta el 25 de julio de 2024, lo que se considera excede el plazo razonable para resolver la situación jurídica de los investigados.
Presunto retardo judicial en audiencia de prisión preventiva
Resolución que recomienda sancionar al juez Raúl Justiniano Romero
"Habría ordenado que los acusados permanezcan detenidos, pese a que la detención preliminar que dispuso contra los mismos venció el 08.05.2024, privándolos de su libertad por más de 2 meses y sin resolución judicial motivada, vulnerando derechos fundamentales como la libertad personal y el debido proceso, contraviniendo los principios de proporcionalidad y razonabilidad", indica la resolución de la Autoridad de Control.
La resolución disciplinaria anota que "el Ministerio Público presentó el requerimiento de prisión preventiva de 36 meses contra los acusados el 08.05.2024 fecha en la que se cumplía el plazo de la detención preliminar, por lo que, mediante resolución N° 01 de fecha 08.05.2024 se resolvió citar a audiencia para el 09.05.2024, ordenando a la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (DIVIAC-PNP) custodie a los investigados detenidos hasta que se resuelva su situación jurídica, bajo apercibimiento de informar a la Inspectoría General de la Policía Nacional".
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"Sin embargo -continúa-, debido a su complejidad las audiencias se prolongaron por más de dos meses, esto es, fuera del plazo establecido por la norma del plazo razonable, hasta el 25.07.2024, fecha en la que finalmente resolvió la situación jurídica de los acusados cuando emite la resolución N° 25 mediante la cual resolvió declarar fundada la prisión preventiva de 36 meses formulada por el Ministerio Público computado a partir de la detención de los acusados hasta el 22.04.2027 y dispuso el internamiento de los investigados. Asimismo no se advierte la existencia de resolución alguna que disponga que los acusados continúen detenidos al tratarse de un caso complejo".
La audiencia de prisión preventiva podría haber durado un par de semanas más, pero el juez decidió resolver el 25 de julio de 20'24, en atención a una sentencia de habeas corpus que dictó el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima, por afectación al plazo razonable. El Juzgado Constitucional le otorgó 48 para resolver la situación jurídica de los procesados.
La prisión preventiva fue revocada
Audiencia de prisión preventiva del caso Valkiria
Ese día, de madrugada el juez Justiniano Romero dictó prisión preventiva contra Miguel Girado, Giancarlo Valer y José Luis Castillo, rechazó la solicitud respecto de Jorge Luis Palomino y dispuso la inmediata libertad del capitán Menacho, cuya situación jurídica se resolvió recién dos semanas después, concediéndole comparecencia restringida.
El 14 de octubre de 2024, la Quinta Sala Penal Nacional de Apelaciones revocó la prisión preventiva de 36 meses que el juez dictó contra Girao, Valer y Castillo. A Girao y Valer se les impuso comparecencia restringida con pago de caución y al referido abogado comparecencia simple.
La Autoridad de Control precisa que de acuerdo con el Tribunal Constitucional, que sigue la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para determinar el plazo razonable de un proceso se debe tener en cuenta: a) la complejidad del asunto; b) la inactividad procesal del interesado y c) la conducta de las autoridades judiciales.
La resolución disciplinaria indica que el juez Justiniano Romero se ha negado a presentar sus descargos. La Autoridad de Control subraya que la investigación permite acreditar que el magistrado Raúl Justiniano "abdicó a sus deberes funcionales, como es impartir justicia con prontitud, razonabilidad y respeto al debido proceso ordenando que los investigados permanezcan detenidos por más de dos meses sin una resolución debidamente motivada, que justifique de manera razonable y proporcional la continuidad de la detención judicial, razón por la que debe aplicarse la sanción respectiva", concluye el documento.